MANUAL DE FUNCIONES Y ASESORÍA
TÉCNICO-PEDAGÓGICA DE NIVEL SECUNDARIA
La
tarea de supervisión técnico-pedagógica constituye un proceso que implica, en
un principio, un examen, un análisis, una valoración cuidadosa y objetiva de la
prestación del servicio para que con base en sus resultados se promuevan las
actividades didácticas necesarias para cumplir con éxito la labor educativa.
La supervisión técnico pedagógica, motivo de este documento,
se fundamenta en los principios filosóficos de la educación en nuestro país,
previstos en el Artículo 3º Constitucional, en la Ley Federal de Educación en
las finalidades de la educación secundaria.
FUNCIONES GENERALES
- Supervisar
la aplicación y desarrollo del plan y los programas del área
correspondiente de educación secundaria en los plantes oficiales e
incorporados de la entidad.
- Orientar
al personal directivo y docente en la aplicación del plan y los programas
de estudio.
- Nombrar
al jefe local del área en cada uno de los planteles, con base en las
propuestas del director de la escuela.
- Orientar
los trabajos de las juntas de academia de maestros en relación a los
programas de estudio y las técnicas didácticas y recomendar acciones
tendientes a mejorar el proceso enseñanza-aprendizaje.
- Participar
en coordinación con los demás jefes de enseñanza, en los trabajos de
correlacionar los contenidos programáticos.
- Supervisar
las actividades de fortalecimiento curricular relacionados con su área de
estudio de conformidad con los lineamientos emitidos por la Dirección
General de Educación Secundaria.
EN MATERIA DE PLANEACIÓN
- Detectar
las necesidades del personal de su área en los planteles a su cargo e
informar de esta situación al inspector general para lo conducente.
- Detectar
las necesidades de capacitación y actualización del personal docente del
área a su cargo y comunicarlas al inspector general para su atención.
EN MATERIA TÉCNICO-PEDAGÓGICA
- Verificar
la correcta aplicación de los programas de estudio del área
correspondiente.
- Verificar
que el personal docente de su área elabore y mantenga actualizados sus
registros de avance programático.
- Verificar
que los libros de texto que se emplean en su materia sean los autorizados
por la Secretaría y orientar a los profesores en cuanto al uso adecuado de
los mismos.
- Asesorar
al personal docente en la selección y aplicación de los métodos y técnicas
didácticas adecuadas para mejorar el desarrollo de los programas de
estudio de su área.
- Orientar
a los profesores de nuevo ingreso, antes de iniciarse en el
servicio en los diversos aspectos de la labor docente de su área.
- Autorizar
los planes de trabajo para mejorar el desarrollo de los programas de
estudio correspondientes, presentados por el jefe local de su área.
- Supervisar,
la instalación y funcionamiento de los locales destinados a las
actividades prácticas y experimentales derivadas de la aplicación del
programa de estudios correspondientes.
- Vigilar
el cumplimiento de las disposiciones vigentes acerca de la evaluación del
aprendizaje.
- Proponer
soluciones a los problemas de carácter técnico-pedagógico que le presente
el personal docente de su área.
- Evaluar
durante el año escolar los resultados de la acción educativa desarrollada,
así como detectar los problemas generados en la aplicación de los
programas de estudio de su área, a fin de proponer o aplicar opciones de
su solución.
EN
MATERIA DE ESCUELAS PARTICULARES
·
Supervisar que las
escuelas incorporadas a la Secretaría desarrollen sus actividades docentes, con
estricto apego al plan y programa de estudio, en lo correspondiente al área a
su cargo.
- Verificar
que el personal docente del área a su cargo que labora en las escuelas
incorporadas cubran los perfiles profesionales.
- Acordar
los asuntos de su competencia con el supervisor escolar.
- Supervisar
el proceso de enseñanza-aprendizaje en su respectiva zona escolar, con el
objeto de orientar, estimular y apoyar al personal docente, en la
planificación, desarrollo y evaluación del servicio educativo:
- Visitar
periódicamente o a solicitud de los maestros, los grupos para evaluar el
desarrollo académico de los alumnos, proponiendo las alternativas de
mejoramiento técnico pedagógico necesarias:
- Recibir,
analizar y emitir opinión respecto de los informes de carácter técnico que
le presente los directores de las escuelas de la zona escolar;
- Informar
mensualmente de sus actividades al inspector escolar y a las áreas técnica
de la Secretaría de Educación Pública y Cultura:
- Análisis
y evaluación de planes y programas educativos.
- Organiza
el desarrollo de seminarios y conferencias que apoyen la capacitación y
actualización magisterial:
LÍMITES DE AUTORIDAD
1.
Indicar al personal de su
área, las medidas correctivas necesarias para la solución de los problemas
detectados durante la supervisión referente a la
planeación, conducción y evaluación del proceso enseñanza-aprendizaje.
2.
Emitir dictamen
técnico-pedagógico respecto de las situaciones planteadas en las supervisiones
extraordinarias realizadas en relación al área a su cargo.
RESPONSABILIDAD
1.
Mantener actualizado su
conocimiento acerca de los métodos y técnicas de la enseñanza, así como el uso
de los materiales y auxiliares didácticos y técnicas e instrumentos para la
evaluación del aprendizaje.
2.
Elaborar informe de cada visita de supervisión
técnico-pedagógica realizada a las escuelas; y proponer las medias que juzgue
pertinentes para el mejor desarrollo de la actividad educativa en lo referente
al área a su cargo.
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